La Procuradora General del Principado de Asturias, María Antonia Fernández Felgueroso, ha recordado por escrito al ayuntamiento de Grado "la obligación legal de dar respuesta expresa en plazo, a las solicitudes de los particulares, que conforme a lo dispuesto en el artículo 231 del Real decreto 2568/1986, de 28 de noviembre por el que se aprueba el reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales, en relación al artículo 42 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y de procedimiento Administrativo Común".
Izquierda Republicana de Grao había solicitado la intervención de la Procuradora General debido al continuo silencio por parte del equipo de Gobierno a los numerosos escritos y peticiones que desde hace un año se hanido enviando por el registro Municpal, sobre distinta temática de interés vecinal. Señala en su escrito la Procuradora que el ayuntamiento de Grado "debió haber dado respuesta expresa en plazo a los escritos, en su día formulados, poniendo en su conocimiento las razones que justificaron la actuación municipal" y recuerda al ayuntamiento que "la garantía de la existencia de una respuesta efectiva al ciudadano deriva de la propia Constitución Española y forman parte del derecho de todo ciudadano a una buena administración".